RUBRICA DIGITAL DE LIBRO SUELDOS (SITRADIB)
Las Sociedades, asociaciones civiles y unipersonales, deberán cumplir en principio con los siguientes tramites:
- ACTUALIZACION DE DATOS.
- CENTRALIZACION DE DOCUMENTACION LABORAL (en caso que el domicilio legal, este en otra jurisdicción o tenga sucursales fuera de la provincia de Bs.As.)
- Conformación del DOMICILIO DIGITAL.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA LA RUBRICA DE LIBRO SUELDOS DIGITAL (CITRADIB).
Será obligatorio presentar en cada trámite lo siguiente:
a. La presentación de los libros digitales para su rúbrica, en formato PDF y con firma digital del titular
b. Constancia de Inscripción en AFIP, vigente al momento de la presentación.
c. Formulario Nº 931 del período a rubricar, con constancia de presentación.
d. Archivo de soporte informático, formato .txt, que surge de la liquidación de sueldos del periodo a rubricar (LISTADO DE CODIGOS).
DESDE BAIRES comercial, REALIZAMOS LA PUESTA A PUNTO DEL SISTEMA, HABILITANDO A LAS EMPRESAS / UNIPERSONALES EL ACCESO A (SITRADIB) Y REALIZAMOS MENSUALMENTE LA CARGA DE LIBRO SUELDOS, CON EL MISMO PROFESIONALISMO QUE LOGRAMOS CONSTRUIR DESDE HACE MAS DE 30 AÑOS, JUNTOA AL PROFESIONAL CONTABLE Y LA EMPRESA.
DOCUMENTACION SUJETA A TRAMITE DIGITAL:
Rúbrica de Libro Especial de Sueldos y Jornales y/o libro copiativo (artículo 52 de la Ley
Nacional Nº 20.744).
b. Rúbrica de Registro Único de Personal (artículos 84 y 85 de la Ley Nacional Nº 24.467).
c. Rúbrica de Libro de Viajantes de Comercio (Ley Nacional Nº 14.546).
d. Rúbrica de Libro de Trabajadores a Domicilio (Ley Nacional Nº 12.713).
e. Rúbrica de Libro especial Estatuto de Peluqueros (artículo 6º Ley Nº 23.947).
f. Rúbrica de Libro de Ordenes del Estatuto de encargados de casa de renta y propiedad
horizontal (artículo 25 Ley Nº 12.981).
g. Rúbrica de Libro Registro de Personal y Horas Suplementarias (artículos 7º y 15 Decreto Nº
1088/45 Actividad Bancaria).
h. Demás libros que establezcan las normas laborales vigentes y de aplicación.
TIEMPOS DE PRESENTACION Y FORMATO:
La presentación de los libros digitales para su rúbrica, en formato PDF, de
manera mensual y a mes vencido teniendo plazo hasta el último día hábil del mes siguiente al que
se rubrica, con las registraciones ya efectuadas, a modo de declaración jurada.
Cada folio podrá contar hasta con un máximo de tres (3) recibos, debiendo utilizar las siguientes
tipografías: fuentes Times New Roman, Arial o Courier New, con un tamaño mínimo de 10.
Los datos formales comunes que deben contener los “Libros digitales”, en cada folio son:
- Nombre del empleador o razón social.
- Domicilio de documentación laboral (domicilio de los Libros Laborales declarado en el Legajo
- Digital del Empleador).
- Actividad principal (Conforme a la Constancia de Inscripción en AFIP).
- Nº de C.U.I.T.
- Ley correspondiente al libro presentado para la rúbrica.
- Período liquidado (mes/año).
La autoridad de aplicación podrá rechazar aquellas presentaciones cuyos folios no cumplan con
los requisitos formales detallados y/o hayan sido reducidos y/o resulten ilegibles.
CONFORMACION DE LA FIRMA DIGITAL:
Para contar con certificados de firma digital, se debe iniciar el trámite de solicitud en una
Autoridad de registro perteneciente a un Certificador Licenciado.
PERSONAS FISICAS:
Las personas físicas deberán presentar la documentación que se menciona a continuación, en formato original y en fotocopia, de alguno de los siguientes documentos personales según corresponda. «La información contenida es aplicable tanto para Solicitantes, como para quienes ya son Suscriptores e inician la solicitud de un nuevo certificado. Toda la documentación presentada por los solicitantes será tratada por ENCODE S. A. con carácter de confidencialidad, excepto aquella que contenga información que por su naturaleza revista el carácter de público.» Acuerdo con el suscriptor, el cual deberá ser firmado en presencia del Oficial de Registro, debiendo detallar al pie del documento la clase del certificado. Documento de identidad CUIT de la empresa o explotación unipersonal. Constancia de inscripción vigente en la AFIP. Solicitud de certificado completa e impresa. Comprobante de pago del certificado F. 931
PERSONAS JURIDICAS:
Las Personas Jurídicas deberán presentar la documentación en copias certificadas por escribano público de acuerdo con la naturaleza de la sociedad. En caso de provenir de otra provincia se requerirá, además, la legalización mediante Colegio de Escribanos
Sólo para el DNI se aceptará una fotocopia simple firmada por el solicitante y acompañada del documento original al momento de la presentación ante la A.R
Estatuto o Acta Constitutiva; Copia certificada por Escribano Público. Inscripción en la Inspección General de Justicia, Registro Público de Comercio o Autoridad competente Provincial; Copia certificada por Escribano Público.
Acta de Asamblea de elección de autoridades (última); Copia certificada por Escribano Público. Acta de Directorio (designación de cargos) Copia certificada por Escribano Público.
En caso de estar vencido el período de vigencia del mandato de autoridades, presentar acta de directorio autorizando a solicitar la firma digital. Copia certificada por Escribano Público. DNI del representante legal, original y fotocopia. (presidente del directorio – Ley 19550 Art. 268)
PARA REALIZAR LA CONFORMACION DE LA FIRMA DIGITAL, DEBERAN SOLICITAR TURNO EN LA DELEGACION MAS CERCANA DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE BIENOS AIRES LINK A LA PAGINA
QUEDAMOS ATENTOS A CUALQUIER CONSULTA QUE NECESITEN REALIZAR.
GRACIAS
BAIRES COMERCIAL